Además de la novedad del aumento del salario mínimo interprofesional, establecido en 900 euros mensuales (o 30 euros diarios) el 21 de diciembre de 2018, otras novedades del mundo laboral han pasado desapercibidas, pero han sido aprobadas por el gobierno entre finales de 2018 y principios de 2019.

Dichas novedades abarcan tanto los derechos como las obligaciones de las personas trabajadoras que pueden afectar su situación personal. En este artículo recopilamos algunas de estas novedades.

 

1. Derecho a la “desconexión digital” en el ámbito laboral

“Las personas trabajadoras tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.” Art.88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018.

Este artículo busca potenciar el equilibrio entre la actividad laboral y la vida personal de los trabajadores, tanto de los empleados como de los directivos.

Si bien no está especificado en esta ley, el derecho a la desconexión digital se refiere al uso equilibrado de cualquier dispositivo móvil por motivo laboral fuera de los horarios laborales: consulta de correos electrónicos y uso de las aplicaciones digitales de la empresa.

Asimismo, las empresas están obligadas a dar a conocer y aplicar una política interna dirigida a todo su personal, en la que se definan las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión digital.

 

2. Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo

Las pensiones abonadas por la Seguridad Social, han sufrido un incremento del 1,6 por ciento respecto al importe del 2018 según lo incluido en el real decreto-ley 28/2018 de diciembre de 2018.

“Los importes de las pensiones mínimas del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones no contributivas y del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) no coincidentes, así como las pensiones del SOVI coincidentes con las pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, de las prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo con dieciocho o más años y con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento y del subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte, se incrementarán en 2019 en un 3 por ciento sobre las nuevas cuantías mínimas de pensión correspondientes al año 2018.”

“La cuantía del límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos, para mínimos y de las prestaciones familiares de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo y por familia numerosa, sufrirán un incremento del 3 por ciento sobre el importe vigente en 2018.”

3. Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Este Real Decreto-ley busca implantar un marco jurídico que permita avanzar hacia la plena igualdad entre las personas trabajadoras, mujeres u hombres, “quienes tienen derecho a ejercer la corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, quedando prohibido cualquier trato discriminatorio directo o indirecto por razón de sexo”.

Las siguientes líneas contienen los derechos de las personas trabajadoras y las obligaciones a las que están sometidas las empresas:

• Las empresas de 50 o más trabajadores deben contar con un plan que garantice la igualdad de género en su estructura, según las siguientes medidas evaluables: proceso de selección y contratación; clasificación profesional; formación; promoción profesional; condiciones laborales; ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral; la infrarrepresentación femenina; la retribución y la prevención del acoso sexual por razón de sexo (Art. 1).

• En caso de nulidad por discriminación salarial por razón de sexo, las personas trabajadoras tendrán derecho a la retribución correspondiente al trabajo igual o de igual valor.

• Con una duración no inferior a seis meses y no excediendo los dos años (según la duración del contrato y el sector del trabajo), en caso de nulidad por discriminación salarial por razón de sexo (Art. 2).

 

4. Registro obligatorio del horario laboral de los trabajadores

El pasado 8 de marzo, el gobierno aprobó el Real Decreto-ley de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada laboral. Este Real Decreto-ley entrará en vigor el próximo 12 de mayo, lo que deja a las empresas con poco margen de tiempo para implementar las medidas necesarias.

Entre las nuevas medidas incluidas en el art.10 del RDL 8/2019, están las siguientes:

• La empresa tendrá la obligación de registrar el horario diario de los empleados.

• Los trabajadores deben saber al detalle la distribución y duración de su jornada laboral ordinaria.

• Las empresas, que hasta la fecha no lo hayan hecho, deberán implementar un sistema de registro del horario de sus empleados independientemente de la jornada que estos tengan.

• Las empresas deberán conservar los registros durante 4 años.

• Dichos registros deben estar disponibles para la consulta de los empleados, su sindicato, y las personas de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.

• Se permiten jornadas con flexibilidad horaria siempre y cuando estén recogidas en convenios o mediante acuerdos con los trabajadores de la empresa.

• En conocimiento de todos sus derechos, los trabajadores están en la obligación de registrar sus entradas y salidas de la empresa.

 

5. Plan de Choque por el Empleo Joven 7 de diciembre

El plan de choque para los jóvenes 2019-2021, aprobado en el Consejo de Ministros del 7 de diciembre de 2018 y publicado en el BOE el 8 de diciembre, forma parte de las medidas tomadas por el gobierno para la mejora de las condiciones laborales en España.

Dicho plan cuenta con cincuenta medidas agrupadas en 6 líneas: la orientación profesional, calidad de las formaciones, oportunidades de empleo, igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, el emprendimiento y la mejora del marco institucional. Estas son algunas de las medidas principales:

• Programa ORIENTAJOVEN: se ha instaurado este programa que consiste en la creación de una red de 3000 puestos de empleo, en el marco de los servicios públicos, dedicados a la orientación personalizada de la inserción laboral, de la prospección y captación de oferta.

• Elaboración del estatuto de los becarios: se establece un estatuto para definir un marco legal de las prácticas no laborales y asegurar el “carácter formativo de las mismas, la protección social adecuada y el apoyo económico durante su realización”.
• Control de los contratos temporales para evitar el abuso de su utilización, y limitar su duración con el mismo empresario.

Este plan tendrá una duración de 3 años y con un presupuesto total de alrededor de 2 mil millones de euros. Este plan busca establecer un marco laboral de calidad en el empleo y la dignidad en el trabajo para los jóvenes.

Asimismo, quiere reducir la tasa de desempleo de los jóvenes menores de 25 años del 33% al 23.5%; elevar la tasa de actividad laboral de los jóvenes de 20 a 29 años, del 58.7% al 73.5%; reducir en un 20% la actual brecha de género entre hombres y mujeres jóvenes registrados en el paro; e incrementar cada año un 15% el número de contrataciones indefinidas, etc.

 

Contamos con profesionales del ámbito del Derecho Laboral preparados para ayudarte, como persona trabajadora, o a tu empresa en las cuestiones relacionadas con estas novedades laborales u otros temas del mundo laboral.

Si te interesa conocer más acerca de las novedades laborales de este 2019, consulta el primer artículo que publicamos sobre el tema.

Sigue nuestro blog para estar al día de las novedades laborales.