La liquidez de tu negocio no solo depende del cobro de facturas, sino también de la gestión que hagas de los impuestos para reducir la carga fiscal. Uno de los impuestos que tendrás que pagar si tienes una sociedad mercantil es el Impuesto sobre Sociedades y la forma en la que contabilices las reservas fiscales será definitiva para el ahorro. Te contamos cómo hacerlo.
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades es un impuesto personal y directo que grava la obtención de renta por las sociedades y por otras entidades jurídicas (asociaciones, fundaciones) que tengan su domicilio en territorio español.
El elemento esencial para calcular la base imponible de este impuesto (obtención de renta) es la contabilidad de la empresa. El IS se declara mediante el modelo 200 que deberá ir firmado por el representante legal de la sociedad que declara.
Para gestionar adecuadamente el IS y pagar menos debes conocer dos aspectos esenciales:
- Las reservas de nivelación.
- Las reservas de capitalización.
A continuación, te detallamos cada una.
¿Qué son las reservas de nivelación y capitalización en el IS?
Las reservas de nivelación están reguladas en el artículo 105 de la Ley del IS y en base a dicho artículo las empresas que tengan una dimensión reducida (es decir, un importe neto de la cifra de negocios inferior a 10 millones de euros), que apliquen un gravamen del 25%, podrán reducir la base imponible hasta un 10%.
El límite de la reducción de la base imponible es de 1 millón de euros.
Los requisitos que se deben cumplir para poder beneficiarse de las reservas de nivelación son los siguientes:
- Ser una empresa de dimensión reducida que apliquen un gravamen del 25%.
- Que la reserva sea indisponible.
En el caso en que incumplas los requisitos establecidos tendrás que pagar un recargo e intereses de demora.
Las reservas de nivelación no significan que no tengas que pagar impuestos, sino que esa reducción se irá añadiendo a la base imponible de los siguientes periodos impositivos, siempre y cuando esa base imponible sea negativa y con límite en el importe de la misma. Si existe un importe adicional se aplicará al periodo impositivo siguiente.
En cuanto a las reservas de capitalización suponen una reducción de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades del 10% sobre el incremento de los fondos propios, con un límite del 10% de base positiva.
Los requisitos que se deberán cumplir son los siguientes:
- La reserva aparecerá en el balance de la empresa con total separación.
- La reserva será indisponible.
- El importe del incremento de los fondos propios de la entidad se deberá mantener durante un plazo de 5 años desde el momento en el que se realiza la reducción, salvo que la sociedad tenga pérdidas.
No se consideran fondos propios, entre otros:
- Las aportaciones de los socios.
- Las ampliaciones de capital que se utilicen para compensar créditos.
- Las reservas legales.
En el caso en que tengas dudas sobre cómo contabilizar las reservas fiscales puedes ponerte en contacto con nuestros expertos en el área fiscal y tributaria, que te ayudarán a resolver tus dudas y agilizar los trámites.
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